¿Qué es el RD 933/2021?
El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, regula las obligaciones de registro documental e información de las actividades de hospedaje. En la práctica, pide dos cosas a quien aloja viajeros:
- Llevar un registro de las personas que se alojan, con los datos que marca la norma.
- Comunicar esos datos a las autoridades por el canal oficial, el llamado «parte de viajeros».
¿A quién aplica?
A cualquier persona o empresa que ejerza una actividad de hospedaje, sea profesional o no: hoteles, pensiones, campings y también pisos y viviendas turísticas, aunque tengan pocas reservas al año. Si alquilas tu piso en Airbnb, te aplica.
¿Qué es SES Hospedajes?
Es la plataforma del Ministerio del Interior donde los alojamientos comunican sus partes de viajeros. Es el canal oficial único: sustituye a los antiguos partes en papel y a los sistemas anteriores de la Policía y la Guardia Civil. Nosotros enviamos ahí los tuyos por su servicio web (SW), en tu representación.
¿Qué datos hay que recoger?
El parte de cada estancia incluye los datos de la reserva y de cada viajero. Esto es, campo a campo, lo que se recoge:
Por estancia
- Fechas de entrada y de salida
- Firma del viajero principal
- Consentimiento de privacidad (RGPD)
Por cada viajero
- Nombre y apellidos
- Sexo y fecha de nacimiento
- Nacionalidad
- Documento de identidad (desde los 14 años); con DNI/NIE, su número de soporte
- Parentesco con un adulto, si es menor de 18
- Dirección del domicilio (calle, municipio, CP y país)
- Teléfono o email (al menos uno, el viajero principal)
Los menores de 14 años no necesitan documento: basta con sus datos básicos y su relación con un adulto del grupo.
¿En qué plazos se comunica?
El parte se comunica al inicio de la estancia y, como máximo, dentro de las 24 horas siguientes. Además, el registro de viajeros se conserva durante 3 años.
¿Y el cumplimiento autonómico?
Cada comunidad tiene sus propias obligaciones (registro autonómico, tasas turísticas…). Backhoster detecta la tuya a partir del municipio de tu piso y te guía. Para Cataluña (Mossos) y País Vasco (Ertzaintza) el envío policial autonómico aún se presenta a mano; el resto va por la vía estatal (SES) que ya automatizamos.
¿Prefieres que lo hagamos por ti?
Eso es exactamente nuestro servicio: tus huéspedes se registran solos desde el móvil y nosotros comunicamos cada parte en plazo. Tú no haces nada.
Actualizado en junio de 2026.
Esta guía es un resumen informativo y no sustituye al texto de la norma ni a un asesoramiento legal profesional.