El RD 933/2021 explicado en claro
Qué pide el Real Decreto 933/2021 a tu piso turístico: qué datos recoger, en qué plazo comunicarlos y cuánto conservar.
El Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, regula las obligaciones de registro documental e información de las actividades de hospedaje.
Qué pide la ley
Dos cosas a quien aloja viajeros:
- 1Llevar un registro de las personas que se alojan, con los datos que marca la norma.
- 2Comunicar esos datos a las autoridades (SES Hospedajes) en el plazo legal.
Datos obligatorios por viajero
- Nombre y apellidos
- Sexo
- Fecha de nacimiento
- Nacionalidad
- Documento de identidad (a partir de 14 años)
- Dirección de su domicilio
- Teléfono o email del viajero principal
Plazo de comunicación
Dentro de las 24 horas siguientes a la entrada del huésped.
Conservación
3 años. Pasado ese plazo, los datos se eliminan.
Sanciones
El incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas. El RD 933/2021 prevé multas proporcionales a la gravedad de la infracción.
Cómo te ayuda el servicio
Nosotros nos encargamos de todo: el formulario que rellena tu huésped pide exactamente los datos que exige la ley, y el parte se comunica a SES Hospedajes dentro del plazo legal. Tú no haces nada en el día a día.